SERVICIO DE ASISTENTE PERSONAL
El Servicio de Asistente Personal tiene como objeto facilitar el desarrollo de actividades de la vida diaria, laborales y/o educativas; y propiciar la participación en la vida social y económica de la persona beneficiaria.
La existencia del Asistente Personal se basa en el deseo y el derecho de las personas de controlar su propia vida y poder vivirla con dignidad.
* (Servicio contemplado en el Catálogo de Prestaciones de la Ley 39/2006 de 14 de diciembre de Promoción a la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia).
1.- ¿A QUIÉN VA DIRIGIDO EL SERVICIO DE ASISTENTE PERSONAL?
El Servicio de Asistente Personal nace con la finalidad de fomentar y facilitar la autonomía de las personas discapacitadas por enfermedad mental, ayudándoles en el desarrollo de las actividades e la vida diaria dentro de su entorno habitual de vida.
El Asistente Personal es la figura profesional que ayuda en la realización y gestión de estas tareas a otras personas que, por sus características o necesidades personales, no pueden realizarlas por si mismas.
2.- SERVICIOS QUE OFRECE:
Partimos del Principio de la Individualidad (cada persona tiene unas necesidades totalmente diferenciadas). Por este hecho, el Servicio de Asistente Personal ofrece una cartera de servicios amplios y heterogéneos como por ejemplo:
- Asistencia en tareas personales (aseo, vestirse, ayuda en levantarse de la cama, preparación y toma de medicación etc).
- Asistencia en tareas del hogar (limpieza, hacer camas, ordenar ropa, elaboración de comida, utilizar electrodomésticos etc)
- Tareas de acompañamiento (consultas del médico de cabecera, al Equipo de Salud Mental, apoyo en gestiones administrativas o de otra naturaleza ).
- Asistencia en actividades de participación social, educativa, laboral o de ocio.
- Tareas de coordinación en la ayuda de la planificación del día a día y toma de decisiones.
- Tareas excepcionales: provocadas por una crisis de la persona. Se actuará siempre ateniéndose a un protocolo previamente establecido.
- Otras tareas previamente pautadas.
3.- ¿CÓMO PUEDO ACCEDER A ESTE SERVICIO?
A través de dos formas:
- Todas aquellas personas que tengan reconocido un Grado II ó III de la Ley de Dependencia y promoción de la autonomía personal, pueden solicitar la Prestación Económica de Asistencia Personal. (Recordad que esta prestación es incompatible con el resto de prestaciones existentes).
- De forma Privada.
En ambos casos, deberan ponerse en contacto con ALFAEM a través del número de teléfono 987210126 y/o al correo electrónico alfaem@alfaem.org
Estudiaremos su caso de forma totalmente individualizada para adecuar nuestros servicios a sus circunstancias personales.
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